Crece Emprendedor

Este seguro es para todos los emprendedores que buscan siempre progresar. Crecer Seguros les trae Crece Emprendedor, el seguro de sepelio que les brindará tranquilidad y respaldo para que puedan concentrarse en sus negocios.

Código SBS VI1788110004

En caso se produzca un incidente que conlleve a tu fallecimiento, Crece Emprendedor cubrirá el servicio de sepelio y de esta manera tu familia no tendrá que preocuparse por nada. Adicionalmente, pensando en el crecimiento de tus negocios, en caso sufras un accidente, el seguro te otorga una renta diaria por hospitalización y una renta mensual por descanso médico de más de 30 días.

Para solicitar la cobertura del seguro, solo deberás llamar a nuestra central telefónica Desde Lima (511) 417 4400 y desde provincias (0801) 17440 y marcar la opción 1 – Siniestros. Nuestros asesores especializados atenderán tu caso y te ayudarán a gestionarlo.

El seguro Crece Emprendedor te ofrece las siguientes coberturas:

Muerte (natural o accidental)
Servicio de sepelio: Se otorga el servicio de sepelio por fallecimiento natural o accidental del asegurado, que consiste en:
• Trámites de sepelio.
• Ataúd de madera.
• Capilla ardiente.
• Traslado, conducción e instalación del servicio.
• Nicho o cremación en cualquier camposanto del país.
• Asistencia legal vía telefónica para los familiares del asegurado o tercero con interés legítimo, en los temas referentes a los trámites relacionados con la muerte del asegurado, como por ejemplo la sucesión.

Incapacidad total temporal (ITT) por accidente
a) Renta diaria hospitalaria:Se pagará una renta por cada día de hospitalización del asegurado en cualquier institución hospitalaria legalmente constituida, que ocurra como consecuencia de un accidente ocurrido
durante la vigencia del certificado o solicitud-certificado de seguro, según corresponda, que se manifieste a más tardar dentro de los dos (2) años de producido el accidente y que no esté incluido dentro de las exclusiones de la
Póliza.
b) Renta mensual por descanso no hospitalario4: Se pagará una renta mensual por cada treinta (30) días consecutivos de ITT por accidente ocurrido durante la vigencia del certificado o solicitud-certificado de seguro, según corresponda, que se manifieste a más tardar dentro de s dos (2) años de producido el accidente
y que no esté incluido dentro de las exclusiones de la Póliza, debidamente sustentados por un Certificado Médico en formato oficial, recetado inmediatamente de ocurrido el accidente, por un médico colegiado, en cualquier institución
hospitalaria o centro de salud, que indique claramente el diagnóstico, tratamiento y los días de reposo.

LA COMPAÑÍA no pagará el siniestro cuando la muerte (natural o accidental) o la incapacidad total temporal por accidente, ocurra como consecuencia de:

  1. Preexistencia: condición de salud diagnosticada por un médico colegiado, antes de la contratación del seguro, y que es de conocimiento del asegurado. Asimismo, se considera preexistencia a toda condición de salud o complicación derivada de un accidente ocurrido con anterioridad a la contratación del seguro, incluso si el asegurado fallece como consecuencia del mismo durante la vigencia del seguro.
  1. Lesiones sufridas en acción militar, policial o de resguardo (por ejemplo: seguridad privada). 
  1. El siniestro se haya originado a causa de la participación del Asegurado en actos temerarios o cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío o actividad notoriamente peligrosa, que pone en grave peligro su vida y la vida e integridad física de las personas, incluyendo, su participación en huelga, motín, conmoción civil contra el orden público, daño malicioso, vandalismo, actos subversivos, actos ilegales, delictivos o criminales realizados por el Asegurado, sea como ejecutor del mismo, cómplice, coautor y/o autor intelectual del delito o acto ilegal. 
  1. El siniestro se haya originado a causa de la participación del Beneficiario en actos temerarios o cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío o actividad notoriamente peligrosa, que pone en grave peligro la vida e integridad física de las personas y en particular, la del Asegurado, de actos ilegales, delictivos o criminales realizados por el Beneficiario, sea como ejecutor del mismo, cómplice, coautor y/o autor intelectual del delito o acto ilegal. Esta exclusión no aplicará para la cobertura de muerte. 
  1. Práctica de deportes extremos, deportes de contacto físico, competición de vehículos de cualquier naturaleza y actividades temerarias o peligrosas, considerándose como tales aquellas actividades que comportan una real peligrosidad por las condiciones difíciles y/o extremas en las que se practican. 
  1. Uso voluntario de alcohol (por encima del límite legal vigente), drogas o sustancias tóxicas. La exclusión referida al uso voluntario de alcohol solo aplica cuando se haya producido un accidente de tránsito.
  2. Lesiones inferidas al asegurado por sí mismo o por terceros con su consentimiento (aplica sólo a la cobertura de incapacidad total).

Para mayor detalle sobre las exclusiones, puedes revisar las Condiciones Generales del producto, que se encuentran en en la sección Documentos Descargables.

Las personas naturales pueden adquirir el seguro, siempre que cumplan con las condiciones de asegurabilidad:

Edad mínima de ingreso: 18 años
Edad máxima de ingreso al seguro: Segun lo establecido en las Condiciones particulares y en la solicitud-certificado o solicitud y certificado de seguro.
Edad máxima de permanencia en el seguro: Segun lo establecido en las Condiciones particulares y en la solicitud-certificado o solicitud y certificado de seguro.

Puedes descargar las primas referenciales aquí.

En caso necesites hacer uso de las coberturas deberás tomar en cuenta las siguientes consideraciones:

Para asistencia de sepelio, deberás llamar a nuestra central telefónica del seguro desde Lima (511) 417 4400 y desde provincias (0801) 17440 y marcar la opción 2.

Para las otras coberturas, deberás llamar a nuestra central telefónica del seguro desde Lima (511) 417 4400 y desde provincias (0801) 17440 y marcar la opción 1

Los documentos obligatorios a presentar son:

Servicio de sepelio:

  • DNI del asegurado.

Renta Diaria por hospitalización o Renta mensual por descanso no hospitalario.

  • DNI del asegurado. 
  • Atestado Policial completo en copia simple. Se obtiene en la Comisaría donde se formuló la denuncia.
  • Dosaje Etílico y Estudio Químico Toxicológico (copia simple, salvo que esté incluido en el Atestado policial). Se obtiene en la Comisaría donde se formuló la denuncia. El Estudio Químico Toxicológico es adicional al Dosaje Etílico.
  • Boleta o factura del centro de salud privado o público, que indique nombre completo de asegurado, periodo y motivo de hospitalización (original).
  • Certificado Médico en formato oficial, que indique diagnóstico, tratamiento, días de reposo, médico tratante, fecha de atención y centro de salud (original). Se obtiene en el centro médico donde se atiende el asegurado.

¿Puedo solicitar la devolución de mis primas si ya no quiero el seguro?

Sí, puedes hacer uso de tu derecho de arrepentimiento a través de nuestra central telefónica desde Lima (511) 417 4400 y desde provincias (0801) 17440 – opción 9 o a través de nuestro buzón gestionalcliente@crecerseguros.pe. Al realizar este trámite perderás la cobertura del seguro.

¿Este seguro es obligatorio?

No, es opcional.

¿Si los familiares asumen el sepelio de un asegurado, pueden luego solicitar  el reembolso?

No. El Servicio de Sepelio no es reembolsable. Para acceder a esta cobertura los familiares deben comunicarse al 417 4400 desde Lima o al 0801 1744 desde provincia – opción 2 de forma inmediata.​

¿Qué ocurre si no realizo el pago de la prima?

Es obligación de los asegurados cumplir con el pago de la prima, de acuerdo a la frecuencia y medio de pago elegido al momento de la adquisición del seguro. Si el asegurado no cumple con esta obligación dentro de los 90 días al vencimiento del plazo de pago y Crecer Seguros no exige la prima debida, el Contrato de Seguro queda extinguido. Esto implica que el asegurado deja de ser cliente de Crecer Seguros y no se encontrará cubierto en caso de siniestro.