Rentas Vitalicias de Invalidez

Si perteneces al Sistema Privado de Pensiones (SPP) y tienes alguna condición de salud que no te permite continuar trabajando, puedes acceder a una de nuestras Rentas Vitalicias por Invalidez.

Código SBS PV1789420043 /  PV1789410044 /  PV1789410045 /  PV1789420046 /  PV1789410047 /  PV1789410048

En caso ya no puedas continuar trabajando, no te preocupes, nosotros te aseguramos una pensión de por vida y cuidaremos a tu familia si ya no estás con ellos.

En cada opción de Renta Vitalicia por invalidez puedes elegir entre diferentes modalidades de pago, definir también si deseas pagos dobles, gratificación o si prefieres tu pensión en dólares o soles. Nuestro objetivo es ofrecerte el seguro que mejor se adapte a tus necesidades.

Las pensiones de invalidez pueden ser transitoria o definitiva para afiliados no jubilados menores de 65 años y que presentan un menoscabo mayor o igual al 50% en su capacidad de trabajo. Además, todas las modalidades ofrecidas cuentan con una cobertura de gastos por sepelio, reforzando el compromiso de cuidar de ti y tu familia.

Finalmente, podrás acceder al programa exclusivo “Crecer Beneficios”, de apoyo asistencial ofrece servicios gratuitos y descuentos exclusivos para todos los miembros de tu familia.

  • Pago de pensión vitalicia al asegurado o en caso de fallecimiento a sus beneficiarios.
  • Gastos de Sepelio.
  • Acceso al programa Crecer Beneficios. Conoce los beneficios aquí.

Para conocer las exclusiones de este producto revisa el Compendio de Normas Reglamentarias del SPP – SBS titulo VII.

Para acceder a este producto debes:

  • Pertenecer al Sistema Privado de Pensiones (SPP).
  • Contar con el Certificado Médico de Invalidez Total o Parcial y permanente emitido por la COMEC o COMAFP.

Para mayor información, escríbenos a rentas@crecerseguros.pe y uno de nuestros asesores especializados te contactará. También puedes brindarnos tus datos a través de nuestro formulario.

Puedes descargar nuestro tarifario referencial aquí.

En caso ocurra un siniestro, deberás informárnoslo llamando al 417- 4400 desde Lima o al 0801-17440 desde provincia y marcar la opción 1.

 Nuestros especialistas en atención de siniestros gustosamente atenderán todas tus dudas e inquietudes y te explicarán todos los documentos que deberás presentar para dar inicio a la evaluación del siniestro.

 A continuación, te presentamos un resumen con todos los documentos que debes presentar dependiendo del tipo de cobertura:

 Invalidez Total y Permanente por accidente de tránsito:

  • Dictamen o Certificado médico de Invalidez emitido por el Comité Médico de las AFP (COMAFP), el Comité Médico de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (COMEC), ESSALUD, o el Ministerio de Salud (MINSA) en original o en certificación de reproducción notarial.
  • Informe Policial Completo o Carpeta Fiscal (copia simple). Se obtiene en la Comisaría donde se formuló la denuncia. 1
  • Dosaje Etílico y Estudio Químico Toxicológico (copia simple). (Puede estar incluido en el Informe policial). Se obtiene en la Comisaría donde se formuló la denuncia. El dosaje etílico es un documento emitido por la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional del Perú. El estudio Químico de toxicología es emitido por el Instituto de Medicina Legal del Ministerio Publico, y es adicional al Dosaje etílico. 1
  • Copia de la Historia Clínica (foliada y fedateada) o Informe médico original en formato de Crecer Seguros. Se obtiene en el Centro Médico donde el Asegurado ha tratado su ITT por Accidente de Tránsito. 1

 

Indemnización por diagnóstico de Cáncer:

  • Copia debidamente foliada y fedateada de Historia Clínica donde se evidencie el diagnóstico o condición cubierta por la cláusula adicional o Informe Médico original en formato de LA COMPAÑÍA.
  • Informe Anatomopatológico histológico de biopsia Positivo realizado por el médico oncólogo tratante en original o certificación notarial.
(1) Siempre y cuando se haya emitido el documento debido a la naturaleza del accidente.

¿Cuáles son los requisitos para recibir una Renta Vitalicia por Invalidez?

  • Estar afiliado a una AFP. 
  • Ser menor a 65 años.
  • Haber sido declarado como Inválido Definitivo Parcial o Total de naturaleza Permanente por el COMAFP (Comité Médico de las AFP) o COMEC (Comité Médico de la Superintendencia), según corresponda.