Desgravamen Monto Original

Todos los clientes que tomen un crédito de Libre disponibilidad, Microfinanzas o Convenios con el Banco Pichincha, podrán estar cubiertos por el seguro de Desgravamen Monto Original.

Este seguro no solo cubrirá el monto de capital adeudado a la fecha del siniestro ,sino también ofrecerá una indemnización para los beneficiarios detallados en la póliza, cuando corresponda.

Este producto se dejó de comercializar desde el 10 de agosto de 2022.

Código SBS VI1787400002

En caso se produzca un siniestro que te impida cumplir con tus obligaciones, el seguro de desgravamen monto original pagará directamente al Banco Pichincha el monto del capital adeudado a la fecha de ocurrencia del siniestro, dando así tranquilidad a tu familia y protegiendo tu patrimonio.

El seguro pagará también a tus seres queridos, una indemnización igual a la diferencia entre el monto original solicitado en el crédito y saldo del crédito a la fecha del siniestro.

Para solicitar la cobertura, solo deberás llamar a nuestra central telefónica desde Lima (511) 417 4400 y desde provincias (0801) 17440 y marcar la opción 1 – Siniestros. Nuestros asesores especializados atenderán tu caso.

El seguro de desgravamen Monto Original te cubrirá en caso de:

  • Muerte Natural: fallecimiento de un asegurado por causas naturales como por ejemplo una enfermedad.
  • Muerte Accidental: fallecimiento de un asegurado a causa de un accidente.
  • Invalidez Total y Permanente por enfermedad.
  • Invalidez Total y Permanente por accidente. 

No se pagará la suma asegurada cuando la muerte (natural o accidental) o la invalidez total permanente (por enfermedad o por accidente) ocurra como consecuencia de:

  1. Preexistencia: condición de salud diagnosticada por un médico colegiado, antes de la contratación del seguro, y que es de conocimiento del asegurado.
  2. Lesiones sufridas en acción militar, policial o de resguardo (por ejemplo: seguridad privada).
  3. Participación directa o indirecta del asegurado en actos negligentes, ilegales, que transgredan normas reglamentarias o constituyan delito.
  4. Participación directa o indirecta del beneficiario en actos negligentes, ilegales, que transgredan normas reglamentarias o constituyan delito.
  5. Práctica de deportes extremos, deportes de contacto físico, competición de vehículos de cualquier naturaleza y actividades temerarias o peligrosas, considerándose como tales aquellas actividades que comportan una real peligrosidad por las condiciones difíciles y/o extremas en las que se practican.
  6. Uso voluntario de alcohol (por encima del límite legal vigente), drogas o sustancias tóxicas. La exclusión referida al uso voluntario de alcohol solo aplica cuando se haya producido un accidente de tránsito.
  7. Lesiones inferidas al asegurado por sí mismo o por terceros con su consentimiento (aplica sólo a la cobertura de invalidez total permanente).

Las condiciones para adquirir este seguro son:

  • Edad mínima de ingreso: 18 años.
  • Edad máxima de ingreso: 69 años y 364 días.
  • Convenios, Vehicular GNV y Préstamo Personal: 70 años y 364 días.
  • Edad máxima de permanencia: 74 años y 364 días.

El pago de las primas se hará a través del Banco Pichincha. Estas estarán incluidas en la cuota mensual que pagarás mensualmente al banco por tu crédito.

Puedes descargar las primas referenciales aquí.

En caso ocurra un siniestro, deberás informárnoslo llamando al (01) 417- 4400 desde Lima o al 0801-17440 desde provincia y marcar la opción 1. Nuestros especialistas en atención de siniestros gustosamente atenderán todas tus dudas e inquietudes y te explicarán todos los documentos que deberás presentar para iniciar la evaluación del siniestro.

A continuación, te presentamos un resumen con todos los documentos que debes presentar dependiendo del tipo de cobertura:

Muerte Natural:

  • Certificado Médico de Defunción Completo (original o certificación de reproducción notarial). Se obtiene en el centro médico donde fallece el ASEGURADO o es emitido por el medico que certifica la muerte en el domicilio.
  • Partida o Acta de Defunción (original o certificación de reproducción notarial). Se obtiene en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).
  • Copia de la Historia Clínica Foliada y Fedateada (para créditos mayores a S/. 100,000 o USD 35,000). Se obtiene en el Centro Médico donde el Asegurado se ha tratado.
  • Monto original y Saldo insoluto del capital a la fecha de ocurrencia del siniestro, emitido por la Entidad titular del derecho de crédito (original o copia simple).
  • Testamento o declaratoria de herederos, o Sucesión intestada (original o certificación de reproducción notarial), salvo que el ASEGURADO haya designado beneficiarios específicos. 

Muerte Accidental:

  • Certificado Médico de Defunción Completo (original o certificación de reproducción notarial). Se obtiene en el centro médico donde fallece el ASEGURADO o es emitido por el medico que certifica la muerte en el domicilio.
  • Partida o Acta de Defunción (original o certificación de reproducción notarial). Se obtiene en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).
  • Certificado de Necropsia (original o certificación de reproducción notarial). Se realiza la solicitud en el Ministerio Público – Fiscalía de la Nación en el Instituto de Medicina Legal.
  • Protocolo de Necropsia (copia simple). Se realiza la solicitud en el Ministerio Público – Fiscalía de la Nación en el Instituto de Medicina Legal.
  • Atestado Policial completo (copia simple). Se solicita en la Comisaría donde se formuló la denuncia.
  • Dosaje Etílico y Estudio Químico Toxicológico (copia simple – puede estar incluido en el Atestado Policial). Se obtiene en la Comisaría donde se formuló la denuncia. El dosaje etílico es un documento emitido por la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional del Perú. El estudio Químico de toxicología es emitido por el Instituto de Medicina Legal del Ministerio Publico, y es adicional al Dosaje etílico.
  • Copia de la Historia Clínica Foliada y Fedateada (para créditos mayores a S/. 100,000 o USD 35,000). Se obtiene en el Centro Médico donde el Asegurado se ha tratado.
  • Monto original y Saldo insoluto del capital a la fecha de ocurrencia del siniestro, emitido por la Entidad titular del derecho de crédito (original o copia simple).
  • Testamento o declaratoria de herederos, o Sucesión intestada (original o certificación de reproducción notarial), salvo que el ASEGURADO haya designado beneficiarios específicos. 

Invalidez Temporal por Enfermedad:

  • Dictamen o Certificado Médico de Invalidez emitido por el Comité Médico de las AFP (COMAFP), el Comité Médico de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (COMEC), ESSALUD, o el Ministerio de Salud (MINSA), en original o certificación de reproducción notarial.
  • Copia de la Historia Clínica Foliada y Fedateada (para créditos mayores a S/. 100,000 o USD 35,000). Se obtiene en el Centro Médico donde el Asegurado se ha tratado.
  • Monto original y Saldo insoluto del capital a la fecha de ocurrencia del siniestro, emitido por la Entidad titular del derecho de crédito (original o copia simple).

Invalidez Temporal por Accidente:

  • Atestado Policial completo (copia simple). Se solicita en la Comisaría donde se formuló la denuncia.
  • Dosaje Etílico y Estudio Químico Toxicológico (copia simple – puede estar incluido en el Atestado Policial). Se obtiene en la Comisaría donde se formuló la denuncia. El dosaje etílico es un documento emitido por la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional del Perú. El estudio Químico de toxicología es emitido por el Instituto de Medicina Legal del Ministerio Publico, y es adicional al Dosaje etílico.
  • Dictamen o Certificado Médico de Invalidez emitido por el Comité Médico de las AFP (COMAFP), el Comité Médico de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (COMEC), ESSALUD, o el Ministerio de Salud (MINSA), en original o certificación de reproducción notarial.
  • Copia de la Historia Clínica Foliada y Fedateada (para créditos mayores a S/. 100,000 o USD 35,000). Se obtiene en el Centro Médico donde el Asegurado se ha tratado.
  • Monto original y Saldo insoluto del capital a la fecha de ocurrencia del siniestro, emitido por la Entidad titular del derecho de crédito (original o copia simple).
  • ¿Quién son los asegurados, beneficiarios, contratantes o declarantes?
    1. Declarante: Es la persona que declara la ocurrencia de un siniestro.
    2. Asegurado: Persona natural que cumple con los requisitos de edad y asegurabilidad establecidos en la póliza de seguro y cuya vida se asegura en la misma.
    3. Beneficiario: Titular de los derechos indemnizatorios establecidos en la póliza.
    4. Contratante: Persona natural o jurídica que firma el contrato de seguro con la compañía aseguradora.
  • ¿Cómo adquiero un seguro de Desgravamen Monto Original a través del Banco Financiero? Al adquirir un crédito con el Banco Pichincha, podrás contar con el seguro de desgravamen Monto Original. Revisa los tipos de créditos en la sección ¿Cuáles son los requisitos?
  • ¿Este seguro aplica para todos los créditos del Banco Pichincha? No, los créditos vehiculares e hipotecarios pueden acceder a  otros tipos de seguros.
  • ¿Qué pasa si no quiero el seguro de desgravamen? En caso desees desafiliarte de este seguro, deberás endosar al Banco Pichincha del Perú la póliza que de manera particular has contratado con otra aseguradora y que cumple con los requisitos solicitados por el banco. Luego, el Banco se encargará de cancelar el seguro con nosotros.
  • ¿Cuáles son las formas en las que puedo pagar la prima del seguro? El pago de la prima está a cargo del asegurado y se realiza junto con el pago del crédito, según lo indicado en su cronograma de pagos y en los otros documentos contractuales del crédito.
  • ¿Cuál es la diferencia entre el Desgravamen Saldo y el Desgravamen Monto Original? El Desgravamen Saldo paga directamente a la entidad financiera el saldo del crédito adeudado a la fecha de ocurrencia del siniestro, el Desgravamen Monto Original además de esto, puede pagar a tu familia la diferencia entre el monto original solicitado a la entidad financiera y saldo del crédito asociado.
  • ¿Qué ocurre si no realizo el pago de la prima? Es obligación de los asegurados cumplir con el pago de la prima, de acuerdo a la frecuencia y medio de pago elegido al momento de la adquisición del seguro. Si el asegurado no cumple con esta obligación dentro de los 90 días al vencimiento del plazo de pago y Crecer Seguros no exige la prima debida, el Contrato de Seguro queda extinguido. Esto implica que el asegurado deja de ser cliente de Crecer Seguros y no se encontrará cubierto en caso de siniestro. 
  • ¿El seguro de desgravamen solo se encarga de pagar la deuda que tenga con una entidad financiera, casa de préstamo o financiera? No. El seguro de desgravamen puede brindarte beneficios adicionales, dependiendo del tipo de póliza contratada. Crecer Seguros tiene productos con coberturas adicionales para que tú y tu familia estén más protegidos en caso ocurra un evento inesperado.  

Para mayor información o consultas puedes escribirnos al correo de gestión al cliente gestionalcliente@crecerseguros.pe o a través de nuestro formulario web.