Microseguro de Vida

Brinda la tranquilidad financiera a tu familia en caso ya no estés con ellos. Tus beneficiarios recibirán la indemnización correspondiente. Este seguro cuenta con el respaldo de Crecer Seguros.

Código SBS VI1787200055

El microseguro de vida te ofrece la cobertura de muerte natural o accidental. Tendrás la tranquilidad de que en caso te ocurra un siniestro, tu familia contará con el respaldo económico al recibir una indemnización por fallecimiento para los gastos del sepelio.

Para solicitar la cobertura, solo deberás llamar a nuestra central telefónica desde Lima al (01) 417-4400 y desde provincias (0801) 17440 y marcar la opción 1 – Siniestros. Nuestros asesores especializados atenderán tu caso.

El microseguro de vida te cubre:

Cobertura principal

– Muerte natural: Indemnización en caso de fallecimiento por causas naturales, o como consecuencia de una enfermedad o producto de la vejez.

Coberturas Adicionales*

– Muerte Accidental: Indemnización en caso de fallecimiento como consecuencia de un accidente.
– Indemnización por sepelio: Indemnización en caso de fallecimiento como consecuencia de un accidente o enfermedad.

(*) Las coberturas adicionales aplican en caso el Contratante del Seguro las haya elegido.

LA COMPAÑÍA no pagará la cobertura cuando el siniestro ocurra como consecuencia de:

a) Preexistencia: condición de salud o condición física diagnosticada por un médico colegiado, antes de la contratación del seguro, y que es de conocimiento de EL ASEGURADO. Asimismo, se considera preexistencia a toda condición de
salud o complicación derivada de un accidente ocurrido con anterioridad a la contratación del seguro, incluso si el ASEGURADO fallece como consecuencia del mismo durante la vigencia del seguro.
b) Lesiones sufridas en acción militar, policial o de resguardo (por ejemplo: seguridad privada).
c) El siniestro se haya originado a causa de la participación del Asegurado en actos temerarios o cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío o actividad notoriamente peligrosa, que pone en grave peligro su vida y la vida e
integridad física de las personas, incluyendo pero no limitando, su participación en huelga, motín, conmoción civil contra el orden público, daño malicioso, vandalismo, actos subversivos, actos ilegales, delictivos o criminales
realizados por el Asegurado, sea como ejecutor del mismo, cómplice, coautor y/o autor intelectual del delito o acto ilegal.
d) El siniestro se haya originado a causa de la participación del Beneficiario en actos temerarios o cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío o actividad notoriamente peligrosa, que pone en grave peligro la vida e integridad física
de las personas y en particular, la del Asegurado, de actos ilegales, delictivos o criminales realizados por el Beneficiario, sea como ejecutor del mismo, cómplice, coautor y/o autor intelectual del delito o acto ilegal.
e) Práctica de deportes extremos, deportes de contacto físico, competición de vehículos de cualquier naturaleza y actividades temerarias o peligrosas, considerándose como tales aquellas actividades que comportan una real
peligrosidad por las condiciones difíciles y/o extremas en las que se practican.

Las exclusiones adicionales para la cobertura de Muerte Accidental, las cuales únicamente serán consideradas para la cobertura respectiva:

f) Uso voluntario de alcohol (por encima del límite legal vigente), drogas o sustancias tóxicas. La exclusión referida al uso voluntario de alcohol solo aplica cuando se haya producido un accidente de tránsito.

Los requisitos para adquirir este Microseguro son:

Edad mínima de ingreso: 18 años.
Edad máxima de ingreso: Según lo establecido en las Condiciones particulares y en la solicitud-certificado o solicitud y certificado de seguro.
Edad máxima de permanencia: Según lo establecido en las Condiciones particulares y en la solicitud-certificado o solicitud y certificado de seguro.

Puedes descargar las primas referenciales aquí.

En caso de siniestro, EL CONTRATANTE o EL BENEFICIARIO deberá informar a LA COMPAÑÍA sobre la ocurrencia del siniestro (aviso de siniestro) dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha en que tenga conocimiento de la ocurrencia del siniestro o del beneficio, deberás informárnoslo llamando al (01) 417- 4400 desde Lima o al 0801-17440 desde provincia y marcar la opción 1. Nuestros especialistas en atención de siniestros gustosamente atenderán todas tus dudas e inquietudes para dar inicio a la evaluación del siniestro.

Para solicitar las coberturas, se deberá presentar los siguientes documentos* obligatorios requeridos para solicitar el pago del siniestro:

Muerte natural:

– Certificado Médico de Defunción (original o certificación de reproducción notarial). Se obtiene en el centro médico donde fallece el asegurado o es emitido por el medico que certifica la muerte en el domicilio.
– Partida o Acta de Defunción. (copia certificada que expide RENIEC o certificación de reproducción notarial).

Muerte accidental:

– Certificado Médico de Defunción (original o certificación de reproducción notarial). Se obtiene en el centro médico donde fallece el asegurado o es emitido por el medico que certifica la muerte en el domicilio.
– Partida o Acta de Defunción. (copia certificada que expide RENIEC o certificación de reproducción notarial).
– Certificado de Necropsia (original o certificación de reproducción notarial).
– Protocolo de Necropsia (copia simple).
– Informe Policial completo o Carpeta Fiscal (copia simple).
– Dosaje Etílico y Estudio Químico Toxicológico (copia simple – puede estar incluido en el Atestado Policial).

Indemnización por sepelio:

– Certificado Médico de Defunción (original o certificación de reproducción notarial). Se obtiene en el centro médico donde fallece el asegurado o es emitido por el medico que certifica la muerte en el domicilio.
– Partida o Acta de Defunción. (copia certificada que expide RENIEC o certificación de reproducción notarial).
– Certificado de Necropsia (original o certificación de reproducción notarial).
– Protocolo de Necropsia (copia simple).
– Informe Policial completo o Carpeta Fiscal (copia simple).
– Dosaje Etílico y Estudio Químico Toxicológico (copia simple – puede estar incluido en el Atestado Policial).

¿Cuál es el plazo de atención para que me brinden una respuesta a mi solicitud de cobertura?

Recibida la solicitud con la documentación completa, se procederá con la evaluación de la documentación presentada, en este supuesto, se emitirá un pronunciamiento en un plazo máximo de veinte (20) días calendario, desde la entrega de la documentación obligatoria completa.

Para más información o consultas puedes escribirnos al correo de gestión al cliente gestionalcliente@crecerseguros.pe  o a través de nuestro formulario web.

  1. Financiera Credinka
  2. Cooperativa de Ahorro y Crédito Fondesurco