Creamos el seguro ideal para proteger a tu familia y brindarles una variedad de asistencias médicas y de sepelio. Además, te premiamos por tu permanencia devolviéndote el 70% de lo pagado.
Código SBS AE1786100056
El seguro Plan Retorno Oh! brinda a tus beneficiarios una indemnización en caso de fallecimiento por accidente y además te ofrece un paquete de asistencias para ti y tu familia, y una devolución por permanencia del 70% de lo pagado.
El Seguro Plan Retorno Oh! te brinda cobertura por los siguientes eventos:
- Muerte Accidental: Indemnización en caso de fallecimiento por causas accidentales.
Además, contarás con un paquete de asistencias que incluye:
- Traslado en ambulancia por accidente.
- Asistencia funeraria, trámites de sepelio, ataúd de madera, velatorio a elección, traslado y reembolso por pago de nicho o cremación.
- Premio a la permanencia por 70% de lo pagado.
Crecer Seguros no pagará la cobertura cuando el siniestro ocurra como consecuencia de:
- Preexistencia: condición de salud o condición física diagnosticada por un médico colegiado, antes de la contratación del seguro, y que es de conocimiento de EL Asegurado. Asimismo, se considera preexistencia a toda condición de salud o complicación derivada de un accidente ocurrido con anterioridad a la contratación del seguro, incluso si el Asegurado fallece como consecuencia del mismo durante la vigencia del seguro.
- Lesiones sufridas en acción militar, policial o de resguardo (por ejemplo: seguridad privada).
- El siniestro se haya originado a causa de la participación del Asegurado en actos temerarios o cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío o actividad notoriamente peligrosa, que pone en grave peligro su vida y la vida e integridad física de las personas, incluyendo pero no limitando, su participación en huelga, motín, conmoción civil contra el orden público, daño malicioso, vandalismo, actos subversivos, actos ilegales, delictivos o criminales realizados por el Asegurado, sea como ejecutor del mismo, cómplice, coautor y/o autor intelectual del delito o acto ilegal.
- El siniestro se haya originado a causa de la participación del Beneficiario en actos temerarios o cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío o actividad notoriamente peligrosa, que pone en grave peligro la vida e integridad física de las personas y en particular, la del Asegurado, de actos ilegales, delictivos o criminales realizados por el Beneficiario, sea como ejecutor del mismo, cómplice, coautor y/o autor intelectual del delito o acto ilegal.
- Práctica de deportes extremos, deportes de contacto físico, competición de vehículos de cualquier naturaleza y actividades temerarias o peligrosas, considerándose como tales aquellas actividades que comportan una real peligrosidad por las condiciones difíciles y/o extremas en las que se practican.
- Uso voluntario de alcohol (por encima del límite legal vigente), drogas o sustancias tóxicas. La exclusión referida al uso voluntario de alcohol solo aplica cuando se haya producido un accidente de tránsito.
Las condiciones para adquirir este seguro son:
- Contar con una Tarjeta de Crédito Oh!
- Edad mínima de ingreso: 18 años.
- Edad máxima de ingreso: hasta los 70 años y 364 días.
- Edad máxima de permanencia: hasta los 80 años y 364 días.
El pago de la prima se hará a través de un cargo mensual en tu Tarjeta de Crédito Oh!
- Prima comercial mensual (inc. IGV): S/24.90
En caso ocurra un siniestro, deberás informárnoslo llamando al (01) 417- 4400 desde Lima o al 0801-17440 desde provincia y marcar la opción 1. Nuestros especialistas en atención de siniestros gustosamente atenderán todas tus dudas e inquietudes y te explicarán todos los documentos que deberás presentar para dar inicio a la evaluación del siniestro.
A continuación, te presentamos un resumen con todos los documentos que debes presentar para solicitar la cobertura.
Muerte Accidental:
- Certificado Médico de Defunción (original o certificación de reproducción notarial).
- Partida o Acta de Defunción. (copia certificada de Reniec o certificación de reproducción notarial)
- Certificado de Necropsia (original o certificación de reproducción notarial) *.
- Protocolo de Necropsia (copia simple) *.
- Informe Policial Completo o Carpeta Fiscal (copia simple) *.
- Dosaje Etílico y Estudio Químico Toxicológico (copia simple). (Puede estar incluido en el Informe policial y Protocolo de necropsia) *.
(*) Siempre y cuando se haya emitido el documento debido a la naturaleza del accidente.
¿Cuál es la vigencia del Seguro?
- Inicio de vigencia: Desde la fecha de aceptación del asegurado.
- Fin de la vigencia: Un mes después de la aceptación o fecha en la que el asegurado cumple la edad máxima de permanencia en el seguro o fecha en la que ocurre un evento asegurado; lo que ocurra primero.
Aplica la renovación automática.
¿Quiénes son los asegurados, beneficiarios, contratantes o declarantes?
- Declarante: Es la persona que declara la ocurrencia de un siniestro.
- Asegurado: Persona natural que cumple con los requisitos de edad y asegurabilidad establecidos en la póliza de seguro y cuya vida se asegura en la misma.
- Beneficiario: Titular de los derechos indemnizatorios establecidos en la póliza.
- Contratante: Persona natural o jurídica que firma el contrato de seguro con la compañía aseguradora.
- Dependientes: Es el hijo mayor de edad, cónyuge o progenitor del Asegurado titular.
¿En qué consisten las asistencias*?
Son beneficios o servicios adicionales para el Asegurado, Cónyuge o hijos menores de 18 años, en caso de ser soltero, se podrá considerar a los padres (en adelante, sus adicionales). Las asistencias no poseen período de carencia.
¿Cómo solicito las asistencias?
Para solicitar los servicios de asistencias, podrá comunicarse con la central de Asistencias (0800) 78-074 para Provincias y (01)700-6674 para Lima, durante las 24 horas del día, los 365 días del año.
¿Cuál es el plazo de atención para que me brinden una respuesta a mi solicitud de cobertura en caso de ocurrir un siniestro?
Recibida la solicitud con la documentación completa, se procederá con la evaluación de la documentación presentada, en este supuesto, se emitirá un pronunciamiento en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, desde la entrega de la documentación obligatoria completa; salvo que el consentimiento del siniestro requiera un plazo mayor para realizar investigaciones adicionales u obtener evidencias suficientes sobre la procedencia del pago. Esta ampliación de plazo requerirá la autorización del contratante o el beneficiario o en su defecto de la SBS. Todo ello, según lo establecido en el artículo 74° de la Ley de Contrato de Seguro N° 29946.
Para mayor información o consultas puedes escribirnos al correo de gestión al cliente gestionalcliente@crecerseguros.pe o a través de nuestro formulario web.