Microseguro Salud Plus

Crecer Seguros y Banco Pichincha han diseñado este microseguro que te protegerá en caso de accidente y te brindará beneficios de salud para ti y tu familia.

Código SBS AE1786110010

El Microseguro Salud Plus te brinda una indemnización ante una Hospitalización por Accidente, Muerte Accidental e Invalidez Total y Permanente por Accidente. Además, te ofrece la cobertura de Diagnóstico de Enfermedades Graves y Canasta Familiar junto a un paquete de asistencias médicas, médico a domicilio, exámenes de laboratorio, asistencia funeraria y más.

El Microseguro Salud Plus te brinda cobertura por los siguientes eventos:

 COBERTURAS PRINCIPALES

 Hospitalización por Accidente: Se indemnizará a el asegurado cuando esta sufra un accidente por el que deba ser internado al menos por 05 días calendarios, de forma continua e ininterrumpida.

  •  Plan 1 y Plan 3 – Suma asegurada: S/ 250
  • Plan 2 y Plan 4 – Suma asegurada: S/ 1500

 Muerte Accidental: Indemnización en caso de fallecimiento por causas accidentales.

  •  Plan 1 y Plan 3 – Suma asegurada: S/ 1500
  • Plan 2 y Plan 4 – Suma asegurada: S/ 1500

Invalidez Total y Permanente por Accidente: Indemnización por pérdida o disminución permanente de las funciones físicas o intelectuales.

  •  Plan 1 y Plan 3 – Suma asegurada: S/ 1500
  • Plan 2 y Plan 4 – Suma asegurada: S/ 1500

 

COBERTURAS ADICIONALES

 Canasta Familiar: Se indemnizará al Beneficiario, si el Asegurado fallece a consecuencia directa e inmediata de un Accidente. Esta cobertura se indemnizará en adición a la cobertura de Muerte Accidental.

  •  Plan 1 y 2 – No aplica
  • Plan 3 y Plan 4 – Suma asegurada: S/ 1000

 Indemnización por Diagnóstico de enfermedades graves (**): Se indemnizará al Asegurado que tenga un Diagnóstico de Enfermedades Graves: Cáncer, Infarto al miocardio (ataque al corazón), Insuficiencia renal crónica o Coma.

  •  Plan 1 y 2 – No aplica
  • Plan 3 y Plan 4 – Suma asegurada: S/ 1000

 

(**) Esta cobertura entra en vigor pasado los 30 días naturales contados desde el inicio de vigencia del seguro.

ASISTENCIAS

Conoce las asistencias médicas y de sepelio que tenemos preparadas para ti ingresando aquí.

LA COMPAÑÍA no pagará la cobertura cuando el siniestro ocurra como consecuencia de:

  1. Preexistencia: condición de salud diagnosticada por un médico colegiado, antes de la contratación del seguro, y que es de conocimiento de EL ASEGURADO. Asimismo, se considera preexistencia a toda condición de salud o complicación derivada de un accidente ocurrido con anterioridad a la contratación del seguro, incluso si el ASEGURADO fallece como consecuencia del mismo durante la vigencia del seguro.
  2. Lesiones sufridas en acción militar, policial o de resguardo (por ejemplo: seguridad privada).
  3. El siniestro se haya originado a causa de la participación del Asegurado en actos temerarios o cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío o actividad notoriamente peligrosa, que pone en grave peligro su vida y la vida e integridad física de las personas, incluyendo pero no limitando, su participación en huelga, motín, conmoción civil contra el orden público, daño malicioso, vandalismo, actos subversivos, actos ilegales, delictivos o criminales realizados por el Asegurado, sea como ejecutor del mismo, cómplice, coautor y/o autor intelectual del delito o acto ilegal.
  4. El siniestro se haya originado a causa de la participación del Beneficiario en actos temerarios o cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío o actividad notoriamente peligrosa, que pone en grave peligro la vida e integridad física de las personas y en particular, la del Asegurado, de actos ilegales, delictivos o criminales realizados por el Beneficiario, sea como ejecutor del mismo, cómplice, coautor y/o autor intelectual del delito o acto ilegal.
  5. Práctica de deportes extremos, deportes de contacto físico, competición de vehículos de cualquier naturaleza y actividades temerarias o peligrosas, considerándose como tales aquellas actividades que comportan una real peligrosidad por las condiciones difíciles y/o extremas en las que se practican.
  6. Uso voluntario de alcohol (por encima del límite legal vigente), drogas o sustancias tóxicas. La exclusión referida al uso voluntario de alcohol solo aplica cuando se haya producido un accidente de tránsito.
  7. Lesiones inferidas al asegurado por sí mismo o por terceros con su consentimiento.

Todos los clientes que cuenten con una Cuenta de Ahorros en el Banco Pichincha:

  • Edad mínima de ingreso: 18 años
  • Edad máxima de ingreso: 72 años y 364 días
  • Edad máxima de permanencia: 74 años y 364 días

La prima del Microseguro será debitada de tu cuenta de ahorros, según el plan escogido, que podrá ser:

  • Plan 1 y Plan 3 – Mensual: Prima mensual.
  • Plan 2 y Plan 4 – Semestral: Prima única adelantada.
PlanesPlan 1 (mensual)Plan 2 (semestral)Plan 3 (mensual)Plan 4 (semestral)
Prima comercial (Inc. IGV)S/ 6.50S/ 37.00S/ 10.50S/ 61.00

En caso ocurra un siniestro, deberás informárnoslo llamando al (01) 417- 4400 desde Lima o al 0801-17440 desde provincia y marcar la opción 1. Nuestros especialistas en atención de siniestros gustosamente atenderán todas tus dudas e inquietudes y te explicarán todos los documentos que deberás presentar para dar inicio a la evaluación del siniestro.

A continuación, te presentamos un resumen con todos los documentos que debes presentar para solicitar la cobertura. 

Muerte Accidental / Canasta Familiar:

  • Certificado Médico de Defunción (original o certificación de reproducción notarial).
  • Partida o Acta de Defunción. (copia certificada expedida por la RENIEC o certificación de reproducción notarial).
  • Certificado de Necropsia – es el documento que contiene las conclusiones finales del fallecimiento de la persona (original o certificación de reproducción notarial). ¹
  • Protocolo de Necropsia – es el documento donde se detallan los exámenes que se realizaran al cadáver en base a los hallazgos encontrados en el cuerpo (copia simple) ¹
  • Informe Policial Completo o Carpeta Fiscal (copia simple) ¹
  • Dosaje Etílico y Estudio Químico Toxicológico (copia simple). (Puede estar incluido en el Atestado policial). ¹
  • Copia Literal de la Inscripción definitiva de la Sucesión Intestada o Testamento del Asegurado, según corresponda, expedida por la Superintendencia Nacional de Registros Públicos. (Siempre y cuando en la Solicitud-Certificado no se haya designado beneficiario).

Invalidez Total y Permanente por Accidente:

  • Informe Policial Completo o Carpeta Fiscal (copia simple) ¹
  • Dosaje Etílico y Estudio Químico Toxicológico (copia simple). (Puede estar incluido en el Atestado policial). ¹
  • Dictamen o certificado médico emitido por el Comité Médico de las AFP (COMAFP), el Comité Médico de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (COMEC), ESSALUD, o el Ministerio de Salud (MINSA), en original o en certificación de reproducción notarial.

Hospitalización por Accidente:

  • Informe Policial Completo o Carpeta Fiscal (copia simple) ¹
  • Dosaje Etílico y Estudio Químico Toxicológico (copia simple). (Puede estar incluido en el Atestado policial). ¹
  • Boleta o Factura del centro de salud privado o público, que indique el nombre completo del Asegurado y período de hospitalización (original o certificación de reproducción notarial).
  • Informe Médico de la Institución médica membretado que indíquelos días de hospitalización, diagnóstico y diagnósticos o causas relacionadas. (original). 

Indemnización por Diagnóstico de Enfermedades Graves:

  • Copia de la historia clínica donde se evidencien los diagnósticos y procedimientos realizados que sustenten el diagnóstico o condición cubierta por la póliza (copia foliada y fedateada) o Informe médico original en formato de Crecer Seguros. 3
  • Informe anatomo patológico histológico de biopsia positivo, realizado por el médico oncólogo tratante (original o certificación de reproducción notarial) Aplica solo para diagnóstico de cáncer.
(1) Siempre y cuando se haya emitido el documento debido a la naturaleza del accidente.
(2) En caso el Asegurado fallezca durante el aviso de siniestro o solicitud de esta cobertura, se deberá presentar: Testamento, declaratoria de herederos o Sucesión intestada del Asegurado debidamente inscrita en los Registros Públicos (original o en certificación de reproducción notarial)
(3) En caso de insuficiencia renal, la historia clínica deberá contener alguno de los siguientes exámenes: urografía excretoria, ecografía renal, dosaje de urea, creatinina, hemograma o examen de resonancia magnética.

¿Cuál es la vigencia del Microseguro?

  • Inicio de vigencia:Desde la firma de solicitud-certificado.
  • Fin de la vigencia: La fecha de vencimiento de la Póliza según el plan elegido o en la fecha que el Asegurado supere la edad máxima de permanencia establecido, lo que ocurra primero.

¿Cómo puedo solicitar las Asistencias?

Para solicitar las Asistencias, debes comunicarte con Crecer Seguros al teléfono (01) 4174400 (para Lima) o (0801) 17440 (para Provincias) – opción 4.

¿Cuál es el plazo de atención para que me brinden una respuesta a mi solicitud de cobertura? 

Recibida la solicitud con la documentación completa, se procederá con la evaluación de la documentación presentada, en este supuesto, se emitirá un pronunciamiento en un plazo máximo de quince (15) días calendario, desde la entrega de la documentación obligatoria completa.

Para mayor información o consultas puedes escribirnos al correo de gestión al cliente gestionalcliente@crecerseguros.pe o a través de nuestro formulario web.